La Justicia mantiene la condición de no adscritos a ediles de Primero Canarias en Gran Canaria

Un juzgado de Las Palmas de Gran Canaria desestima las medidas cautelares solicitadas contra NC-FAC, afectando a 21 cargos electos, incluyendo al alcalde de Santa Lucía de Tirajana.

Imagen genérica de un mazo de juez sobre una mesa de madera en un juzgado.
IA

Imagen genérica de un mazo de juez sobre una mesa de madera en un juzgado.

El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Las Palmas de Gran Canaria ha rechazado la solicitud de medidas cautelares que buscaban suspender la declaración de no adscritos de varios cargos electos de Primero Canarias, una decisión que impacta directamente en la situación política de Santa Lucía de Tirajana y otros municipios.

La resolución judicial, firmada por la magistrada Beatriz Rallo Valluerca, desestima la petición presentada por el Bloque Nacionalista Rural (BNR) y Samuel Henríquez, miembro de Primero Canarias, contra Nueva Canarias–Frente Amplio Canarista (NC-FAC). Esta decisión implica que se mantienen los efectos de la declaración de no adscritos para un total de 21 cargos electos en Gran Canaria, entre los que se incluyen el alcalde y cinco concejales de Santa Lucía de Tirajana.
El auto judicial reconoce la urgencia del caso, dado que los acuerdos ya han sido comunicados a diversos ayuntamientos como San Bartolomé de Tirajana y Moya. Sin embargo, la magistrada considera que no se cumple el requisito de 'fumus boni iuris', es decir, una apariencia suficiente de buen derecho que justifique la suspensión inmediata de los acuerdos adoptados por el Consejo Político Nacional de NC-FAC el 22 de diciembre de 2025. Entre los argumentos esgrimidos, se señala la falta de presentación de los estatutos del partido solicitante y se hace referencia al Pacto Antitransfuguismo, que define como tránsfuga a quien abandona o es expulsado de la formación política que lo presentó.
La resolución también destaca que no existen indicios de que el partido original, Nueva Canarias-Bloque Canarista, consintiera que el solicitante se uniera a otra formación de la coalición, el Bloque Nacionalista Rural. Se argumenta que la inclusión en la lista electoral fue por su partido y no por la coalición, y que el pacto de coalición no contempla el abandono voluntario, lo que podría interpretarse como un fraude de ley.
Los demandantes habían solicitado la paralización de la ejecutividad de estos acuerdos, especialmente en lo referente a la consideración de determinados cargos como concejales no adscritos, una condición que restringe significativamente sus derechos políticos y económicos en las corporaciones locales. También pedían que se ordenara a la coalición y a su presidente abstenerse de comunicar o ejecutar cualquier acto relacionado con la declaración de tránsfugas hasta que se resuelva el fondo del asunto en el procedimiento principal.

"En Santa Lucía se deberá convocar el pleno porque es imperativo legal. El alcalde y el grupo de gobierno deben seguir gestionando el Ayuntamiento."

Samuel Henríquez · Portavoz de Primero Canarias
El auto, que impone las costas a los solicitantes, puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial de Las Palmas. Samuel Henríquez, portavoz de Primero Canarias y uno de los impulsores de la acción judicial, reconoció la dificultad de estas medidas cautelares 'inaudita parte' debido a la urgencia, pero confirmó que el proceso continuará por otras vías. Anunció que recurrirán la decisión ante la Audiencia y presentarán cautelares normales y la demanda por separado, tras el acto de conciliación.
Esta decisión judicial incide directamente en la crisis política del Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, donde la posible condición de no adscritos del alcalde, Francisco García, y otros cinco concejales ha generado un intenso conflicto institucional. La oposición ha solicitado un pleno extraordinario para que se informe sobre el informe de la Secretaría General que constata la condición de no adscritos de los ediles. En el último pleno de marzo, el alcalde no dio cuenta del informe, alegando inseguridad jurídica y el riesgo de responsabilidades económicas para el consistorio.