La Justicia deniega medidas cautelares contra acuerdos de Nueva Canarias sobre tránsfugas

Una magistrada de Las Palmas de Gran Canaria rechaza la solicitud del BNR y Samuel Henríquez, manteniendo vigentes las decisiones internas de NC.

Imagen genérica de un mazo de juez sobre documentos legales en un juzgado.
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Imagen genérica de un mazo de juez sobre documentos legales en un juzgado.

La Justicia ha rechazado la solicitud de medidas cautelares presentada por el Bloque Nacionalista Rural (BNR) y Samuel Henríquez Quintana, manteniendo así la vigencia de los acuerdos de Nueva Canarias-Frente Amplio Canarista (NC-FAC) sobre la declaración de cargos como tránsfugas.

La decisión, emitida por el Juzgado de Instancia número 4 de Las Palmas de Gran Canaria, implica que, por el momento, no se frenarán los acuerdos aprobados por el Consejo Político Nacional de Nueva Canarias en diciembre de 2025. La magistrada no ha entrado a valorar el fondo del conflicto, pero ha concluido que no procede suspender de forma inmediata dichos acuerdos mientras se tramita el procedimiento principal.
La solicitud de medida cautelar fue interpuesta por Samuel Henríquez, secretario de organización de Municipalistas Primero Canarias. El origen de la disputa radica en el paso del alcalde de Santa Lucía de Tirajana, Francisco García, y otros cinco ediles a Municipalistas Primero Canarias, tras abandonar Nueva Canarias, formación por la que concurrieron a las elecciones municipales de 2023. Posteriormente, los seis se afiliaron el 25 de abril de 2025 al Bloque Nacionalista Rural (BNR), partido liderado por Teodoro Sosa en Gáldar.

"Henríquez defendía que los concejales de Primero Canarias se presentaron en 2023 dentro de una coalición electoral y que “en ningún momento han abandonado la coalición”, por lo que rechazaba que se les pueda considerar tránsfugas."

Samuel Henríquez · Secretario de organización de Municipalistas Primero Canarias
La resolución, firmada el 6 de marzo de 2026 por la magistrada Beatriz Rallo Vallueca, analiza si se cumplían las condiciones para adoptar una medida urgente antes de una sentencia definitiva. Aunque la jueza admite la posible urgencia y las consecuencias políticas para los afectados, considera que no se ha acreditado una base jurídica “sólida y clara” para conceder la protección cautelar solicitada.
El auto se fundamenta en la normativa sobre transfuguismo y la legislación de régimen local, recordando que un cargo electo puede pasar a la condición de no adscrito si abandona el grupo o la formación política con la que se presentó a las elecciones. La magistrada también ha señalado que, en este caso, no se aprecian indicios de que el cambio contara con el consentimiento del partido que propuso inicialmente al concejal en la candidatura.
La consecuencia inmediata de esta decisión es que la postura defendida por Nueva Canarias se mantiene y los efectos de sus acuerdos no quedan en suspenso. Además, el juzgado ha impuesto las costas del incidente cautelar a la parte solicitante. La resolución puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas en un plazo de veinte días.