La normativa europea busca erradicar el uso excesivo de plástico y establece objetivos claros para la reutilización, reducción de residuos y reciclaje hasta 2030. A partir de esa fecha, la hostelería y restauración no podrán emplear envases monodosis para productos como kétchup, mayonesa, azúcar o leche.
Aunque inicialmente no se esperan cambios inmediatos ni sobrecostes para el consumidor, fuentes del sector de la distribución en Canarias advierten de un posible encarecimiento a largo plazo. Los productores y distribuidores deberán asumir nuevos controles, rediseños de envases, el uso de nuevos componentes y el pago de tasas, costes que previsiblemente repercutirán en el precio final.
El sistema de depósito, devolución y retorno (SDDR) para botellas, previsto para noviembre, podría aplazarse. Este sistema implica un recargo inicial para el consumidor que luego se devuelve, pero la falta de espacio en muchos establecimientos para las máquinas de retorno es un obstáculo. El objetivo es incentivar el reciclaje y el uso de materiales menos contaminantes por parte de los productores.
El reglamento también restringe formatos de envases innecesarios o excesivos, afectando al comercio electrónico y al espacio vacío en los paquetes. La normativa se dirige a todas las empresas, pero el sector alimentario será el más impactado en el diseño y composición de sus productos a largo plazo, con una tendencia hacia la eliminación de embalajes superfluos.
Alonso Fernández, secretario general de la Asociación de Supermercados de las Islas Canarias (Asuican), asegura que "ahora mismo, de cara a los consumidores, absolutamente nada" cambia. Señala que existen restricciones internas en el contenido de determinados materiales de los envases y una "responsabilidad amplia el productor" para cumplir la legalidad. Destaca que el reglamento europeo "armoniza" el uso y composición de envases, un trabajo en el que España lleva años inmersa.
Una de las modificaciones más significativas afecta a la cantidad de sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS) en envases en contacto con alimentos. No se podrán introducir envases con concentraciones iguales o superiores a 25 ppb para PFAS individuales o 250 ppb para la suma de PFAS. Esto impacta en vasos de papel con recubrimientos fluorados, cajas de pizza o envases de comida para llevar.
El reglamento clasifica la reciclabilidad de los embalajes en tres niveles (A, B, C), exigiendo que a partir de 2038 solo se admitan aquellos con al menos el 80% de material reciclado. Las tarifas por comercializar productos de embalaje se basarán en estas calificaciones, siendo menor cuanto mayor sea la reciclabilidad. También se imponen restricciones a envases de plástico de un solo uso, como frutas y verduras frescas de menos de 1,5 kilogramo, y se exige una declaración de conformidad UE para todos los envases.




