Las infracciones, detalladas por el cuerpo policial a través de sus redes sociales, abarcan diversas conductas. Entre ellas, se encuentran el exceso de velocidad, la circulación de dos personas en un mismo vehículo, el tránsito por zonas peatonales y la falta del seguro obligatorio.
La Dirección General de Tráfico (DGT) establece que, si bien cada ayuntamiento tiene la potestad de regular de manera específica la circulación de los VMP, todos los usuarios deben cumplir con una serie de condiciones mínimas. Estas normativas prohíben la circulación de patinetes eléctricos por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en el ámbito urbano.
“"Cada Ayuntamiento puede regular, de una manera específica, la circulación de VMP (entre ellos, los patinetes eléctricos)."
Asimismo, la DGT especifica que las vías autorizadas para la circulación de estos vehículos deben ser indicadas por una ordenanza municipal. En ausencia de dicha ordenanza, se permite la circulación por cualquier calzada urbana. En cuanto a la velocidad, la normativa nacional fija un rango de entre 6 y 25 kilómetros por hora para los VMP.




