Anulado el cese exprés de la exjefa de Personal del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

Un juzgado ordena la reincorporación de Ana Isabel Gutiérrez Triano y el abono de salarios tras considerar ilegal su destitución.

Imagen genérica de un mazo de juez sobre documentos legales, simbolizando una decisión judicial.
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Imagen genérica de un mazo de juez sobre documentos legales, simbolizando una decisión judicial.

Un juzgado de Las Palmas de Gran Canaria ha declarado nulo el cese de la exdirectora general de Recursos Humanos, Ana Isabel Gutiérrez Triano, ordenando su reincorporación y el pago de salarios atrasados.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Las Palmas de Gran Canaria ha dictaminado la nulidad del cese de Ana Isabel Gutiérrez Triano, quien ocupaba el cargo de directora general de Recursos Humanos del Ayuntamiento. La decisión judicial, que aún puede ser recurrida, exige la reincorporación de la funcionaria a su puesto y que el consistorio le abone los salarios no percibidos, junto con los intereses devengados desde su destitución a finales de marzo de 2025.
La sentencia, que da la razón a Gutiérrez Triano, representada por el abogado Saúl Quesada, subraya que el Ayuntamiento no justificó adecuadamente la urgencia del cese. Este se tramitó en apenas veinte minutos para ser incluido en la agenda de la Junta de Gobierno de la Ciudad al día siguiente. El consistorio había argumentado que la destitución se debía a los retrasos en el proceso de estabilización de personal, que debía concluir en diciembre de 2024.

Han de ser los reproches existentes en la demanda al respecto por cuanto ni existen informes técnicos; ni se detallan (y justifican) las razones por las que se consideraba únicamente Ana Isabel Gutiérrez como responsable de la situación descrita o, en el caso de que los problemas en materia de personal fueran responsabilidad de diversas personas, se especificara el grado de responsabilidad de la cesada.

El magistrado desestimó esta justificación, señalando la ausencia de informes técnicos que respaldaran la responsabilidad exclusiva de Gutiérrez Triano o que detallaran el desempeño errático de sus funciones. Además, el juez cuestionó la necesidad de aplicar un procedimiento de urgencia para el cese, iniciado por el concejal de Presidencia, Francisco Hernández Spínola, el 26 de marzo de 2025.
La sentencia también destaca la incoherencia de que, si bien el cese se acordó de forma abrupta, sus efectos se postergaron hasta el 15 de abril de 2025, más de dos semanas después de la decisión. Esta situación, según el magistrado, carece de justificación en la resolución municipal. La resolución judicial recuerda al Ayuntamiento la obligación de motivar sus decisiones con razones precisas y no con argumentos genéricos.
Este caso guarda similitud con la anulación del cese del anterior jefe de la Policía Local, Carlos Saavedra Brichis, donde el mismo juzgado, siguiendo la jurisprudencia del Tribunal Supremo, declaró nulo el cese por falta de pruebas justificativas. El magistrado enfatiza que el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria no se ha ajustado a la jurisprudencia del Tribunal Supremo en cuanto a los términos en que debe producirse el cese de este tipo de personal.