Justicia reconoce como laboral accidente de un policía nacional con el tranvía en Santa Cruz

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirma que la colisión sufrida por el agente mientras se dirigía a su puesto de trabajo tiene carácter laboral.

Imagen genérica de luces de emergencia policiales reflejándose en asfalto mojado por la noche.
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Imagen genérica de luces de emergencia policiales reflejándose en asfalto mojado por la noche.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha ratificado que el accidente sufrido por un agente de la Policía Nacional en Santa Cruz de Tenerife el 13 de mayo de 2021, al colisionar su coche con el tranvía, se considera laboral al dirigirse a su puesto de trabajo.

El tribunal confirma así el derecho del funcionario a las consecuencias económicas y administrativas derivadas de que el percance esté relacionado con su actividad profesional, revocando la decisión inicial de la Jefatura de la División de Personal de la Dirección General de la Policía, que no consideró las lesiones como causadas en acto de servicio.
A raíz del choque, el agente, adscrito a la Unidad Central de Repatriaciones, fue diagnosticado con una contusión de hombro izquierdo con tendinitis postraumática y cervicalgia postraumática. Estuvo de baja médica desde el 13 de mayo de 2021 hasta el 28 de abril de 2022.
El accidente ocurrió a las 15:15 horas, cuando el policía se dirigía a su turno de tarde, que comenzaba a las 15:30. Conducía un vehículo alquilado y, al cruzar la avenida Islas Canarias con la avenida de Venezuela, fue golpeado en el lateral izquierdo por un tranvía, siendo arrastrado hasta impactar contra un poste. Fue asistido en urgencias del hospital concertado para agentes.
La controversia se basaba en que la Administración debe resarcir al funcionario por daños en acto de servicio, siempre que no haya dolo, negligencia o impericia, y las lesiones estén directamente ligadas al trabajo. El expediente inicial concluyó que el incidente no fue en acto de servicio y pudo evitarse con una conducción prudente, atribuyéndolo a 'falta de atención y exceso de confianza'.
El TSJM, sin embargo, subraya la naturaleza imprevisible de los accidentes y que el siniestro ocurrió en un 'punto crítico', con antecedentes de percances similares, incluyendo otro accidente con el tranvía cinco días después.
El reconocimiento de las pretensiones del agente es parcial, ya que no incluye una luxación diagnosticada en junio de 2021, que prolongó su baja hasta abril de 2022.