El Supremo ratifica las condenas por el asesinato de Andrea Costa en Gran Canaria

El Tribunal Supremo desestima los recursos de casación y confirma las penas de prisión para los implicados en el crimen de Vecindario.

Imagen genérica de un mazo de juez sobre una mesa en un juzgado, simbolizando una sentencia judicial.
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Imagen genérica de un mazo de juez sobre una mesa en un juzgado, simbolizando una sentencia judicial.

El Tribunal Supremo ha declarado firme la sentencia del asesinato de Andrea Costa, ocurrido en Vecindario, Gran Canaria, en septiembre de 2021, al inadmitir los recursos de casación presentados por los condenados.

La máxima instancia judicial ha rechazado los recursos de casación interpuestos por David José Roger Pérez, conocido como 'el Adoptado', y Juan Felipe Alemán Vega. Esta decisión ratifica la sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que había confirmado las condenas por el homicidio del ciudadano italiano Andrea Costa.
En consecuencia, se mantienen las penas de 17 años de prisión para David José Roger Pérez y Juan Felipe Alemán Vega, considerados autores materiales del crimen. Asimismo, Estefanía Pino Alemán Vega deberá cumplir una condena de siete años, seis meses y un día por su participación como cómplice en los hechos.

La actuación de los condenados fue propia de mentes «conscientes, calculadoras y perversas».

Los hechos probados detallan que la noche del 11 de septiembre de 2021, los acusados y otras personas abandonaron un restaurante japonés en Playa del Inglés sin pagar, dejando a la víctima, Andrea Costa, quien fue identificada por la policía. Posteriormente, en una vivienda de Vecindario, David José 'el Adoptado' y Juan Felipe Alemán Vega agredieron brutalmente a Costa, propinándole puñetazos y patadas.
El relato judicial añade que la agresión continuó en una habitación de la casa, donde, con la intención de acabar con su vida, solicitaron a Estefanía Pino una sábana. Ella, «a sabiendas de lo que estaba sucediendo», proporcionó trozos de tela con los que ataron a la víctima y le estrangularon, causándole la muerte por «asfixia mecánica».
El Supremo ha desestimado los argumentos de la defensa, que buscaban recalificar los hechos como homicidio o aplicar atenuantes por confesión o arrepentimiento. La Sala ha reafirmado que el ataque fue «sorpresivo e inesperado», impidiendo la defensa de la víctima, y que la alevosía fue «plenamente aplicable al caso».