El Estado y el Cabildo de Gran Canaria, condenados a indemnizar por daños de helicóptero en un incendio

La Audiencia Nacional establece una responsabilidad compartida para cubrir los perjuicios causados a una finca durante la extinción del incendio de 2019.

Helicóptero Kamov recogiendo agua de una balsa durante un incendio forestal en una zona montañosa de Gran Canaria.
IA

Helicóptero Kamov recogiendo agua de una balsa durante un incendio forestal en una zona montañosa de Gran Canaria.

La Audiencia Nacional ha dictaminado que el Estado y el Cabildo de Gran Canaria comparten la responsabilidad de indemnizar a una agricultora por los daños causados a su finca por helicópteros durante la extinción de un incendio forestal en Gran Canaria en 2019.

Un incendio forestal originado el 17 de agosto de 2019 en Valleseco, Gran Canaria, y que se extendió hasta el día 25, ha derivado en una sentencia judicial que establece una responsabilidad compartida entre el Estado, el Cabildo de Gran Canaria y la empresa contratista de los helicópteros.
Durante las labores de extinción, dos helicópteros pesados Kamov cargaron agua hasta en 56 ocasiones en una balsa de riego de la finca de una agricultora, provocando severos daños en la balsa y en las tuberías de riego. La propietaria reclamó inicialmente 38.743,03 euros al Ministerio para la Transición Ecológica, y tras ser rechazadas sus pretensiones, elevó la reclamación a la vía judicial, solicitando 45.326,01 euros, cifra estimada por el propio Cabildo para la reparación de los desperfectos.
El Cabildo de Gran Canaria reconoció la relación de causalidad entre los daños y las operaciones de los helicópteros, verificando y tasando los desperfectos. Sin embargo, remitió el expediente al Ministerio de Transición Ecológica argumentando que los helicópteros eran de titularidad estatal.
La Abogacía del Estado defendió la exención de pago al no ser declarado el incendio emergencia de interés nacional, atribuyendo la dirección de extinción exclusivamente al Cabildo. Argumentó que los helicópteros contratados por el Estado actuaban como "mero apoyo" y que la orden de cargar agua en la balsa provino del mando técnico insular. La empresa contratista, Babcock, alegó que sus pilotos solo cumplieron instrucciones.
La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha resuelto la discrepancia declarando una responsabilidad compartida. La sentencia, con el magistrado Ricardo Fernández Carballo-Calero como ponente, alude al artículo 33 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. La Sala considera que no se ha acreditado que los daños fueran "exclusiva, inmediata y directa" de una orden del Cabildo o de "falta de pericia" de los medios aéreos estatales. Se centra en la "necesaria responsabilidad solidaria" dado que el Ministerio y la empresa "han colaborado" con el Cabildo en actividades complementarias.
Respecto a la cuantía, la aseguradora de la empresa de helicópteros pretendía rebajarla a 6.801,45 euros, argumentando el fin de la vida útil de la balsa y su deterioro previo, aunque admitiendo que los helicópteros agravaron los desperfectos. La Sala, en cambio, asume la tasación de los técnicos del Cabildo de Gran Canaria. La sentencia condena al Estado, al Cabildo y a la empresa a pagar de forma solidaria la indemnización de 45.326,01 euros, además de las costas procesales. La resolución no es firme y puede ser recurrida ante el Supremo.