Fiscalía respalda a la oposición en Santa Lucía por bloqueo de informe

El Ministerio Público considera que el alcalde vulneró el derecho de participación política al impedir el conocimiento de un informe sobre el cambio de estatus de concejales.

Imagen genérica de un mazo de juez sobre un escritorio con documentos legales.
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Imagen genérica de un mazo de juez sobre un escritorio con documentos legales.

La Fiscalía ha respaldado la demanda de la oposición en Santa Lucía de Tirajana, solicitando al juzgado que dicte sentencia contra el alcalde por vulnerar el derecho de participación política al bloquear un informe sobre el cambio de estatus de varios concejales.

El Ministerio Público estima que el alcalde de Santa Lucía de Tirajana, Francisco García, vulneró el derecho fundamental de participación política al impedir que la Corporación conociera un informe del secretario municipal. Dicho informe calificaba al alcalde y a otros cinco concejales como tránsfugas tras abandonar Nueva Canarias (NC) para integrarse en Municipalistas Primero Canarias (1ºCAN).
En un escrito presentado ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, el fiscal José Antonio Blanco Alonso considera que la actuación del alcalde durante el pleno extraordinario del 5 de mayo lesionó el artículo 23 de la Constitución, que protege el derecho de los cargos públicos a ejercer plenamente sus funciones, incluyendo la fiscalización y el control de la acción de gobierno.
La concejala de PP/AV Eva Lucía Araña acudió a la Justicia tras el pleno, donde el alcalde impidió el conocimiento del informe emitido por la Secretaría General del Ayuntamiento el 18 de marzo de 2026, el cual concluía que el alcalde y otros cinco ediles debían ser considerados no adscritos o tránsfugas.
El alcalde basó su bloqueo en un documento de la Viceconsejería de Administraciones y Transparencia del Gobierno de Canarias, que interpretaba que los concejales de una coalición electoral podían moverse entre partidos sin perder su condición grupal. Sin embargo, la Fiscalía considera que esta acción impidió al pleno ejercer sus funciones de control al privarles del informe jurídico del Ayuntamiento.
El fiscal recuerda que el orden del día es esencial para garantizar el derecho de información de los concejales y delimitar los debates. Impedir el tratamiento de un asunto incluido expresamente en el orden del día supone, a su juicio, prescindir del procedimiento legalmente establecido, lo que podría acarrear la nulidad de los actos administrativos.
El Ministerio Público subraya que el derecho del artículo 23 de la Constitución abarca el ejercicio efectivo de las funciones representativas, incluido el control del gobierno municipal, una facultad que considera restringida en aquella sesión plenaria.
La oposición sostiene que los concejales que cambiaron de partido deben ser considerados no adscritos o tránsfugas, mientras que el grupo de gobierno se apoya en el informe autonómico. El respaldo de la Fiscalía refuerza la postura de la oposición, a la espera de la decisión del juzgado contencioso-administrativo.