La entidad Golf El Salobre, Agrupación de Intereses Económicos, presentó un recurso que ha sido estimado por el tribunal. La sentencia impone las costas al Cabildo y contempla la posibilidad de un recurso de casación ante la Sala correspondiente, únicamente si existe un supuesto de interés casacional objetivo.
Al igual que en fallos anteriores, la resolución judicial señala la inaceptabilidad de que la revisión del PIO se realizara para ajustarse a una ley derogada cinco años antes de su aprobación definitiva. Esto, según el tribunal, aboca al planeamiento a una revisión inmediata para adaptarlo a la legislación vigente, en este caso, la Ley del Suelo.
El recurso de Golf El Salobre se originó por desacuerdo con las determinaciones gráficas y escritas del PIO relativas a la implantación y delimitación de los dos campos de golf dentro de la Urbanización Salobre Golf, en terrenos de San Bartolomé de Tirajana.
“"La sentencia contra el PIO es injusta, errónea, desproporcionada y superficial."
Tras las sentencias previas, que aún no son firmes y mantienen el PIO en vigor, el Cabildo anunció su intención de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo para defender la legalidad del plan. El presidente, Antonio Morales, calificó la primera sentencia de "injusta, errónea, desproporcionada y superficial", y afirmó que defenderán el Plan Insular en todas las instancias, incluso explorando la vía europea si fuera necesario.
Desde la entrada en vigor de la revisión del PIO en enero de 2023, se han presentado un total de 21 recursos ante el TSJC. De ellos, siete solicitaban la nulidad del plan, y de estos, cuatro ya han resultado en sentencias favorables a los recurrentes y contrarias a las argumentaciones del Cabildo.




