La decisión judicial anula las atenuantes de reparación del daño y de dilaciones indebidas. La primera se desestima porque el pago de 270.000 euros a la familia de la víctima, a través de la aseguradora, no fue realizado directamente por el facultativo. La segunda, porque no se aprecian retrasos significativos en el proceso judicial.
La sentencia original detalla que la paciente, una mujer de 56 años con múltiples factores de riesgo coronario como obesidad, hipercolesterolemia, hipertensión y diabetes, ya había sido atendida previamente por dolores torácicos en el mismo centro hospitalario desde 2004.
Los hechos ocurrieron el 4 de febrero de 2018, cuando la mujer experimentó un leve dolor en el pecho que se intensificó dos días después. Ingresó en urgencias del hospital de La Gomera en la madrugada del 7 de febrero de 2018, presentando fiebre, hipertensión y taquicardia.
Tras ser admitida, la paciente fue dada de alta apenas 12 minutos después, permaneciendo menos de tres minutos en enfermería. El protocolo concluyó que su dolencia no revestía gravedad, siendo enviada a un pasillo a esperar la valoración del médico.
Según el fallo, el tiempo de espera y la posterior atención por parte del médico acusado, que duró unos nueve minutos, fue insuficiente para valorar adecuadamente su estado. Durante esta consulta, no se le realizaron pruebas complementarias como analíticas, electrocardiograma o radiografías, ni se valoraron sus antecedentes médicos.
El diagnóstico inicial fue de dolores musculares y óseos. Se le administró un calmante, se le prescribió paracetamol y se le indicó regresar a casa, recomendándole acudir de nuevo a urgencias si empeoraba. La paciente regresó a su domicilio aún con dolor.
“"La ausencia del mínimo cuidado y atención más elemental en la profesión por parte del médico de guardia acusado, impidió que la paciente pudiera ser reconocida y valorada por el especialista en cardiología."
Horas después, la mujer volvió a ser trasladada al hospital en ambulancia, presentando malestar general, fiebre, taquicardia, palidez y signos de congestión pulmonar, habiendo perdido la conciencia. En este segundo ingreso, el médico diagnosticó un posible infarto agudo de miocardia, conclusión que se confirmó tras la realización de un electrocardiograma.
Se decidió su traslado en helicóptero al hospital de La Candelaria en Tenerife, pero falleció pocas horas después mientras esperaba, tras ser sedada e intubada. Las sentencias posteriores consideran que un tratamiento adecuado la noche anterior habría aumentado significativamente sus posibilidades de supervivencia.
Tras el acuerdo extrajudicial con la aseguradora, los familiares desistieron de continuar con las acciones civiles. Sin embargo, la Fiscalía mantuvo la acusación penal, resultando en la condena inicial que ahora ha sido ratificada, con la anulación de las atenuantes pero sin afectar la pena de prisión e inhabilitación.




