La Sala Penal del Tribunal Supremo ha emitido una resolución favorable para Pedro Manuel Sanginés Gutiérrez, concluyendo que los hechos por los que fue juzgado el pasado 12 de marzo no son constitutivos de los delitos imputados. La decisión pone fin a un largo procedimiento legal que se inició en 2009.
Los acontecimientos se remontan a noviembre de 2009, poco después de que San Ginés asumiera la presidencia del Cabildo de Lanzarote y, por ende, del ente público EPEL-CACT. En aquel momento, presentó una denuncia ante la Guardia Civil por presuntas irregularidades en contrataciones dentro de la entidad, señalando inicialmente a su consejero delegado y, posteriormente, a un empresario.
Seis meses más tarde, el propio ente público se personó como querellante en los mismos términos de la denuncia. Estas acciones dieron lugar a diligencias judiciales en un juzgado de Arrecife, una investigación que se prolongó durante casi diez años hasta su archivo definitivo en noviembre de 2019.
El delito de denuncia falsa solo puede apreciarse cuando exista dolo, es decir, cuando se demuestre que quien denuncia conoce la falsedad de los hechos o actúa con un desprecio manifiesto hacia la verdad.
Durante el juicio, la Fiscalía y la acusación particular, ejercida por la familia del empresario ya fallecido, argumentaron que la denuncia respondía a una persecución política. Sin embargo, la defensa del senador sostuvo que este actuó en cumplimiento de su obligación legal al trasladar a las autoridades hechos que le habían sido comunicados y que podían ser constitutivos de delito.
El Tribunal Supremo, en su resolución, enfatiza que Sanginés se limitó a informar a las autoridades sobre sospechas recibidas en el ejercicio de su cargo institucional. La sentencia también destaca que fue el ente público quien formalizó la querella en 2010, sin que conste participación directa del senador en su presentación o ampliaciones posteriores, descartando así el delito de falso testimonio.
El alto tribunal reconoce la «comprensible desazón» sufrida por el empresario investigado debido a una causa judicial que se extendió por una década, calificada por los jueces como «ejemplo de lo que no debe ser» el funcionamiento de los tribunales. No obstante, concluye que esta situación no justifica una condena penal contra quien únicamente trasladó a la Justicia sospechas de posibles irregularidades administrativas.




