El Supremo decidirá sobre la compatibilidad laboral de un guardia civil de Lanzarote

El Tribunal Supremo revisará si un agente de la Guardia Civil puede ser pinchadiscos, sentando un precedente clave para la interpretación de la ley de incompatibilidades.

Imagen genérica de un mazo de juez sobre un escritorio en una sala de justicia.
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Imagen genérica de un mazo de juez sobre un escritorio en una sala de justicia.

El Tribunal Supremo ha asumido la tarea de determinar si un agente de la Guardia Civil destinado en Lanzarote puede ejercer como pinchadiscos en su tiempo libre, una decisión que podría sentar un importante precedente legal.

La controversia surge a raíz de la solicitud de compatibilidad presentada por el agente en mayo de 2024. Un año después, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid le concedió este derecho, siempre y cuando sus actividades privadas no interfirieran con sus responsabilidades y horarios como funcionario público. Sin embargo, la Administración del Estado interpuso un recurso de casación contra esta sentencia, elevando el caso al Alto Tribunal.
La legislación vigente, la Ley 53/1984 de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, permite a los miembros de la Guardia Civil compatibilizar su puesto con actividades privadas, siempre que los complementos específicos que perciben no superen el 30% de su retribución básica.
El punto central del debate radica en si el complemento específico, destinado a equiparar el salario de guardias civiles y policías nacionales con el de las policías autonómicas, debe ser incluido en el cálculo de dicho porcentaje. Este complemento fue establecido en un acuerdo de marzo de 2018 entre el Ministerio del Interior, los sindicatos de la Policía Nacional y las asociaciones profesionales de la Guardia Civil.
La resolución del TSJ de Madrid había anulado la decisión inicial del Ministerio del Interior, que había denegado la petición del agente del puesto de Costa Teguise argumentando que el complemento específico por las características de su puesto excedía el 30% de sus retribuciones básicas.
La Administración del Estado, en su recurso, solicita a la Sala de lo Contencioso Administrativo que aclare si el complemento de equiparación salarial debe considerarse para determinar la incompatibilidad con actividades privadas. Si se excluyera, solo se computarían los complementos relacionados con las condiciones específicas, penosidad o dificultad del puesto de trabajo.
La decisión del Supremo no solo afectará al caso particular del guardia civil de Lanzarote, sino que, según el auto al que ha tenido acceso Canarias Ahora, establecerá jurisprudencia para futuras interpretaciones de esta ley en situaciones que involucren tanto a guardias civiles como a policías nacionales.