La sentencia es el resultado de una intervención policial realizada en mayo de 2025, durante la cual los agentes hallaron sustancias estupefacientes de alta pureza y diversos utensilios destinados a la distribución al menudeo en el interior del local. Además de la pena privativa de libertad, el tribunal ha impuesto una sanción económica de 500 euros al encausado.
El dispositivo policial se activó tras recibir informaciones sobre movimientos sospechosos en el entorno del bar. Durante el registro, los agentes localizaron en una zona habilitada como cocina 11,5 gramos de cocaína con una pureza del 82%, además de básculas de precisión, hachís y sustancias utilizadas habitualmente para el corte de estupefacientes.
La Sala ha considerado probados los hechos tras desestimar los argumentos de la defensa, que intentó justificar la presencia de los materiales como productos para el control de plagas y consumo propio.
El tribunal ha aplicado una circunstancia atenuante al considerar el estado de toxicomanía crónica del hostelero. Por otro lado, la Fiscalía ha anunciado que emprenderá acciones legales por falso testimonio contra dos testigos que comparecieron en el juicio, al detectar contradicciones en sus declaraciones sobre la compra de sustancias en el establecimiento durante la noche de los hechos.




