La medida, que afecta a la totalidad del espacio declarado Patrimonio Mundial por la UNESCO, responde a la necesidad de evitar incendios forestales provocados por colillas, tras registrarse tres incidentes recientes en zonas protegidas.
El nuevo marco sancionador distingue entre la infracción administrativa y la responsabilidad penal. Encender un cigarrillo en cualquier área abierta del parque conlleva multas que oscilan entre los 100 y los 1.000 euros. En caso de que la colilla origine un incendio, la situación se tipifica como delito, con penas de prisión de uno a seis años y sanciones económicas de hasta 100.000 euros por daños medioambientales.
La restricción es de aplicación general para visitantes, excursionistas y trabajadores. Queda prohibido fumar en senderos, pistas forestales, miradores, áreas recreativas y aparcamientos. Únicamente se permiten excepciones en edificaciones cubiertas que dispongan de una regulación interna específica que autorice el consumo de tabaco.




