La decisión del Consejo Consultivo de Canarias obliga al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria a declarar la nulidad del convenio urbanístico suscrito el 12 de marzo de 2015 con Disa. Este dictamen se basa en que el consistorio no siguió el procedimiento legalmente establecido, lo que constituye un vicio de nulidad de pleno derecho, no subsanable.
La solicitud para resolver el procedimiento de revisión de oficio fue cursada en febrero de este año por la alcaldesa de Las Palmas de Gran Canaria, Carolina Darias, a instancias de Pedruzcos Oil, empresa interesada en instalar su propia gasolinera en la zona. Esta resolución coloca al ayuntamiento en la obligación de anular el acuerdo, que se venía negociando desde 2013.
El convenio original buscaba que el municipio adquiriera parte de los terrenos de Disa detrás del cementerio de Vegueta para abrir una vía de salida desde Eufemiano Jurado a la Avenida Marítima. A cambio, se modificaba la calificación de la parcela de Disa, permitiendo usos comerciales y residenciales, y se compensaba a la petrolera con otros suelos. La operación económica, valorada en 3,31 millones de euros por la expropiación, implicaba un pago final de 0,88 millones de euros de Disa al municipio.
En junio de 2017, el Ayuntamiento planteó una adenda al convenio debido a la incompatibilidad de la gasolinera con el proyecto de la MetroGuagua, el rechazo vecinal y la política de reubicar estaciones de servicio fuera de los núcleos urbanos. Esta adenda implicó el ofrecimiento de una nueva parcela en el entorno de Siete Palmas, valorada en 1,73 millones de euros, lo que requería un pago adicional de 53.305 euros por parte de Disa. La adenda fue aprobada en abril de 2022 y firmada en noviembre de 2022.
La empresa Pedruzcos Oil presentó alegaciones a la adenda en julio de 2022, iniciando una batalla judicial. Aunque en 2026 se validaron el cambio de planeamiento y el acuerdo con Disa, así como la denegación de licencia a Pedruzcos Oil, esta última solicitó en septiembre de 2020 la revisión de oficio del convenio. Una sentencia de enero de 2023 obligó al Ayuntamiento a iniciar este proceso, que concluyó en febrero de 2026 con una desestimación de la propuesta empresarial.
Sin embargo, el Consejo Consultivo de Canarias, en enero de 2025, obligó al Ayuntamiento a reiniciar el proceso, y ahora ha dictaminado la nulidad del convenio. La clave del dictamen radica en la naturaleza expropiatoria del acuerdo, que requería la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación, trámites que no se realizaron. El Ayuntamiento siguió el procedimiento de convenios urbanísticos de mutuo acuerdo, no el de expropiatorios, lo que el Consultivo considera un “flagrante incumplimiento” de la normativa.




