Santa Cruz de Tenerife aprueba la regulación definitiva de su Zona de Bajas Emisiones

La nueva ordenanza establece un marco progresivo para la aplicación de restricciones y sanciones, con amplias excepciones para residentes y otros colectivos.

Imagen genérica del centro de Santa Cruz de Tenerife con arquitectura variada y luz de tarde.
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Imagen genérica del centro de Santa Cruz de Tenerife con arquitectura variada y luz de tarde.

El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Santa Cruz de Tenerife ha publicado la ordenanza definitiva que regula la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en el centro de la capital, estableciendo un calendario de implantación progresiva.

La Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Santa Cruz de Tenerife ya cuenta con su regulación definitiva, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el pasado 24 de agosto. Esta ordenanza determinará qué vehículos podrán acceder, circular y estacionar en una amplia superficie del centro de la capital y bajo qué condiciones.
La entrada en vigor de las restricciones y multas no será inmediata. La normativa contempla una implantación progresiva: 18 meses hasta la aplicación del régimen de funcionamiento y 36 meses hasta que entre en vigor el régimen sancionador. Durante la etapa intermedia, los incumplimientos recibirán comunicaciones de carácter informativo.
La ordenanza, aprobada por el Pleno municipal el 24 de julio, incluye numerosas excepciones para residentes, titulares de garajes, trabajadores, autónomos, familias numerosas, alumnado, pacientes de centros médicos, clientes de hoteles, talleres y aparcamientos, entre otros.
La entrada en vigor de la ordenanza se producirá 15 días hábiles después de su publicación íntegra en el BOP. El régimen de funcionamiento, que incluye el Registro Municipal de Vehículos y el sistema de autorizaciones, comenzará a aplicarse 18 meses después de la entrada en vigor. Las multas no serán efectivas hasta 36 meses después de la publicación.
La ZBE afectará a una amplia zona del centro de Santa Cruz, abarcando 92 calles, plazas y pasajes. El ámbito se justifica por factores como la contaminación atmosférica y acústica vinculada al tráfico, la concentración de desplazamientos y las alternativas de transporte público y movilidad no motorizada.
Tendrán acceso libre los vehículos con distintivo ambiental 0 emisiones, ECO, C o B, así como ciclomotores, bicicletas y vehículos de movilidad personal, sin necesidad de inscripción previa. Las restricciones se centran en vehículos sin estas categorías, principalmente gasolina matriculados antes de 2001 y diésel antes de 2006.
Los residentes dentro de la ZBE podrán acceder previa inscripción en el Registro Municipal si figuran en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. También se contemplan vehículos de propiedad, usufructo, renting, leasing o como retribución en especie.
Los titulares o arrendatarios de plazas de garaje privadas dentro de la ZBE podrán obtener autorización para hasta tres vehículos por plaza. Los usuarios abonados a aparcamientos públicos dentro de la ZBE también podrán conseguir autorización.
Se autorizarán vehículos para dejar o recoger alumnado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria, previa aportación de justificante de escolarización. También se contemplan accesos para consultas médicas, centros veterinarios, talleres de reparación de automóviles y entrega de medicamentos o recogida de residuos de farmacias.
La ordenanza incluye un supuesto específico para cuidadores de personas mayores o dependientes residentes en la ZBE, con autorizaciones nominales para hasta dos matrículas por persona atendida. También se prevé una autorización temporal para quienes acrediten ingresos limitados y no dispongan de otro vehículo permitido.
Las familias numerosas podrán solicitar autorización si residen en la ZBE o acceden habitualmente por razones familiares, educativas o laborales, pudiendo autorizarse hasta dos vehículos por unidad familiar.
Empresas y autónomos con actividad en la ZBE, trabajadores de mercadillos municipales y vehículos comerciales para Distribución Urbana de Mercancías también podrán obtener autorizaciones, con sistemas simplificados de inscripción.
Se contemplan autorizaciones para vehículos de transfer, transporte discrecional turístico, VTC vinculados a alojamientos, proveedores, empresas de mantenimiento, congresos, eventos, operadores receptivos y servicios externalizados. También para clientes de hoteles y vehículos que acudan a estaciones ITV.
El horario general de restricción será de lunes a sábado, de 7:00 a 20:00 horas. Fuera de esta franja, cualquier vehículo podrá acceder y circular por la ZBE sin limitación.
El control de vehículos se realizará mediante captación de imágenes. Las multas, que comenzarán a aplicarse tras 36 meses desde la entrada en vigor, serán de 200 euros por infracción grave, con posibilidad de reducción por pronto pago.
La solicitud de autorizaciones se realizará preferentemente de forma telemática a través de la página web municipal, con un plazo de resolución de diez días hábiles. Se contempla la regularización de accesos imprevistos hasta cinco días hábiles después.