La magistrada, que había obtenido una plaza en Galicia a través de un concurso de traslado voluntario, solicitó a la Comisión Permanente del CGPJ renunciar a dicho destino debido a circunstancias familiares imprevistas. La solicitud se produjo tras la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 20 de enero.
Inicialmente, la Comisión Permanente inadmitió la renuncia, argumentando que la petición contravenía la obligación de tomar posesión del cargo, establecida en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).
Sin embargo, el pleno del CGPJ ha estimado ahora el recurso de alzada contra esta decisión. En un comunicado, el órgano judicial explica que, de forma "estrictamente excepcional y no generalizable", se han apreciado circunstancias que permiten declarar la ineficacia de la adjudicación de la plaza. Esto se debe a que ni el cese ni la toma de posesión se habían producido, y no se había generado perjuicio a terceros ni alteración del servicio público.




