La declaración de impacto impone al promotor la obligación de incluir en el plan de vigilancia de las obras medidas orientadas a minimizar los impactos por afectación de servicios en la población, así como la de garantizar por todos los medios a su alcance, incluidos medios telemáticos, la comunicación de las incidencias o servicios afectadas a la ciudadanía con antelación suficiente.
Tren de Gran Canaria: licitación condicionada a estudio paisajístico y compensaciones
La declaración de impacto ambiental exige al Cabildo de Gran Canaria un estudio de integración paisajística y un programa anual de compensación económica para la población afectada.
Por Redacción La Voz Canaria
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Dibujo arquitectónico de una estación de tren con vegetación y pavimentos permeables.
La declaración de impacto ambiental del proyecto del tren de Gran Canaria impone al Cabildo la obligación de realizar un estudio de integración paisajística y un programa anual de compensación económica para la población afectada antes de la licitación de las obras.
El Órgano Ambiental de Gran Canaria ha establecido que la licitación de las obras del tren que conectará Santa Catalina y Meloneras no podrá llevarse a cabo sin un estudio previo de integración paisajística. Este análisis deberá evaluar todas las soluciones propuestas en los proyectos de la infraestructura ferroviaria, identificando y presupuestando las medidas correctoras necesarias.
El estudio, que abarca todos los proyectos entre Las Palmas de Gran Canaria y San Bartolomé de Tirajana, debe presentarse a la comisión de seguimiento antes de la aprobación de los proyectos y de la licitación. Este es uno de los requisitos clave impuestos al Cabildo de Gran Canaria como promotor del tren.
Además, la declaración de impacto ambiental exige al promotor incluir en el plan de vigilancia de las obras medidas para minimizar los impactos en la población, como cortes y desvíos de tráfico, o interrupciones en los servicios de agua y electricidad. Se deberá garantizar la comunicación anticipada de estas incidencias a la ciudadanía, incluso mediante medios telemáticos.
Otro condicionante importante es la creación de un programa anual de compensación económica para mitigar las afecciones directas o indirectas a la población, con una dotación financiera adecuada para cubrir los impactos tanto en la fase de obra como en la de explotación.
Asimismo, se solicita que en las estaciones y sus áreas de influencia se implementen programas de revegetación con especies arbóreas y arbustivas para proporcionar sombra, complementando los exteriores con pavimentos permeables. El objetivo es crear entornos térmicamente confortables que funcionen como refugios climáticos.
La declaración también incluye una disposición cautelar para la protección del patrimonio. Si durante las excavaciones en la zona de San Telmo o en el punto kilométrico 3+601,65 se descubrieran restos del antiguo muelle de San Telmo, del castillo de Santa Ana, o construcciones asociadas, deberán conservarse in situ. Tras garantizar su protección, se deberá presentar un proyecto técnico para su recuperación y restauración, que será informado por el Servicio de Patrimonio Histórico antes de reanudar las obras.
Finalmente, durante el primer año de funcionamiento del parque eólico del tren, se realizará un seguimiento del efecto del “parpadeo de sombras” de los molinos para evaluar su impacto en las poblaciones cercanas. Si se superan los umbrales críticos de 30 horas/año o 30 minutos/día, se activarán medidas correctoras, como la parada de los aerogeneradores afectados.



