Con la llegada de las altas temperaturas, es común que los conductores en las Canarias utilicen el aire acondicionado en sus vehículos. Sin embargo, una práctica habitual como es dejar el motor en marcha mientras el coche está detenido y sin necesidad de circular puede acarrear sanciones económicas. La normativa, que busca reducir la contaminación y el ruido, considera esta acción como una infracción leve.
La sanción económica por mantener el motor encendido innecesariamente mientras el vehículo está parado puede oscilar entre los 80 y 100 euros. Este tipo de multas, aunque a menudo dependen de las ordenanzas municipales, pueden ser impuestas por la DGT, siguiendo directrices que ya se aplican en otros países europeos.
El artículo 10 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial establece la obligación de no entorpecer la circulación ni causar molestias o daños innecesarios al medioambiente. Bajo esta premisa, las autoridades pueden interpretar que las emisiones contaminantes generadas por un motor en marcha sin necesidad constituyen una infracción.
Es importante destacar que esta norma no se aplica en situaciones de atascos, semáforos o detenciones obligadas por el tráfico. Tampoco afecta a los vehículos eléctricos, que no dependen de un motor de combustión para su climatización.




