Recomendación de teletrabajo por la visita papal a Canarias

El Ministerio de Trabajo sugiere el trabajo a distancia para garantizar la seguridad y continuidad empresarial durante los eventos del pontífice.

Imagen genérica de teletrabajo con un portátil mostrando una videoconferencia.
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Imagen genérica de teletrabajo con un portátil mostrando una videoconferencia.

El Ministerio de Trabajo ha recomendado a las empresas potenciar el teletrabajo en Canarias, Madrid y Cataluña con motivo de la visita del papa León XIV, buscando salvaguardar a los empleados y asegurar la continuidad empresarial.

El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha emitido una circular aconsejando formalmente a las empresas que potencien el trabajo a distancia. Esta medida busca mitigar las previsibles dificultades de circulación y las restricciones de tráfico que se implementarán en Gran Canaria (11 de junio) y Tenerife (12 de junio), así como en Madrid y Cataluña, durante los eventos programados por la visita del pontífice.
El objetivo principal de esta sugerencia es doble: proteger la integridad física de los empleados al reducir trayectos innecesarios y garantizar que el tejido empresarial y los servicios esenciales del archipiélago continúen funcionando sin interrupciones graves durante la agenda papal.
El documento ministerial detalla pautas para empresas y autónomos en las islas, solicitando que se analice qué puestos son aptos para el teletrabajo. Se pide priorizar la modalidad no presencial si las autoridades decretan cierres de vías o desvíos importantes, siempre que se disponga de las herramientas informáticas adecuadas.
Asimismo, el Ministerio enfatiza la importancia de la prevención, instando a coordinar con antelación los cuadrantes y dinámicas organizativas para que el traspaso al entorno digital se realice de mutuo acuerdo y de forma voluntaria, minimizando la improvisación ante las restricciones de movilidad.
Esta petición se fundamenta en el artículo 37.3 g del Estatuto de los Trabajadores, que contempla la adaptación de la jornada y la prestación de servicios en remoto ante contingencias que impidan el desplazamiento. Cualquier acuerdo temporal de teletrabajo deberá respetar los derechos formativos, económicos y materiales recogidos en la Ley 10/2021 de trabajo a distancia.