Con motivo del partido entre España y Francia, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha recordado a los conductores las sanciones económicas a las que se exponen por el uso indebido de la señal acústica de sus vehículos. Aunque muchos ciudadanos utilizan el claxon para animar o expresar su apoyo, la normativa establece límites claros para su utilización.
El artículo 110 del Reglamento General de Circulación especifica que las advertencias acústicas solo deben emplearse "excepcionalmente o cuando así lo prevea alguna norma". Su uso inmotivado o exagerado está prohibido, reservándose principalmente para evitar accidentes, advertir de un adelantamiento fuera de poblado o en situaciones de urgencia grave.
La DGT señala comportamientos habituales que no están permitidos, como celebrar victorias deportivas, saludar a conocidos, protestar por la lentitud de la marcha o mostrar enfado en atascos. La función principal del claxon es preventiva, alertar de peligros, y no para expresar descontento o euforia.
El uso inadecuado del claxon puede suponer una multa de 80 euros. Esta misma cuantía se aplica a quienes utilicen señales acústicas en zonas señalizadas con la señal R-310, común cerca de hospitales, residencias o colegios, donde la prohibición es general salvo para evitar accidentes.
Tráfico insiste en que las celebraciones, como la posible consecución de un título por parte de la selección española, deben realizarse respetando las normas de circulación para no poner en riesgo la seguridad vial.




