La operación de donar una vivienda a un descendiente, aunque no implique un intercambio monetario directo, conlleva implicaciones fiscales que deben ser consideradas. Toda donación está sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, lo que significa que el receptor del inmueble deberá afrontar un coste.
Además, el donante también puede verse afectado por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) debido a la ganancia patrimonial si el valor de la propiedad ha aumentado desde su adquisición. Sin embargo, la Agencia Tributaria contempla una excepción crucial para los mayores de 65 años que donan su vivienda habitual, eximiéndolos del pago del IRPF por dicha ganancia.
“"Cualquier transacción que se considere donación está sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones."
Esta exención, recogida en el artículo 33 de la ley del IRPF, se aplica a donaciones de vivienda habitual realizadas por personas mayores de 65 años o en situación de dependencia severa o gran dependencia. Es fundamental que la vivienda donada sea la residencia habitual en el momento de la transmisión o lo haya sido en los dos años anteriores. Es importante destacar que esta ventaja fiscal beneficia únicamente al donante, mientras que los hijos que reciben la propiedad sí deben abonar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
En comunidades autónomas como Madrid, Andalucía, Cantabria y Canarias, este impuesto está bonificado casi en su totalidad. En el Archipiélago Canario, la bonificación alcanza el 99,9% para herederos directos (hijos, padres, cónyuges, parejas de hecho) y se ha extendido a otros grupos familiares desde finales de 2023.
La campaña de la Renta de 2025 en Canarias introduce mejoras en las deducciones autonómicas, como el aumento de la deducción por alquiler de vivienda al 24% (con límites de 740 o 760 euros según la edad) y un incremento en los límites de ingresos para acceder a ella. También se consolidan deducciones para ciertos contribuyentes, se mantienen las de inversión en vivienda habitual y se incrementan los mínimos familiares y personales. Además, se permite deducir el 12% por gastos sanitarios y se incluye una ayuda de 400 euros para pensiones no contributivas.




